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Los 3 conceptos erróneos del Fundador

Laura Norris, J.D., profesora clínica asistente y directora de la Clínica de Derecho del Emprendedor de la SCU, analiza los conceptos erróneos comunes sobre la fundación de un negocio y aclara la información adecuada que los fundadores deben saber.

En los próximos minutos, me gustaría abordar tres de los principales conceptos erróneos de los fundadores de startups. Le proporcionó información general, pero esto no debe reemplazar el consejo de un abogado y asesor fiscal.

El primer concepto erróneo es: "Mi cofundadora está trabajando en un trabajo diario, pero eso está bien porque está trabajando conmigo durante su propio tiempo". La mayoría de los fundadores de startups no son ricos de manera independiente y necesitan esa fuente de ingresos. Sin embargo, este tipo de situación puede ser arriesgada porque el empleador podría tener un reclamo de propiedad de los inventos de su cofundador. Hay tres fuentes de información que debe consultar. Primero, pídale a su cofundador que encuentre los documentos que firmó cuando se unió a la empresa. Generalmente hay un "acuerdo de asignación de invención de empleado" que describe lo que posee el empleador. En segundo lugar, debe obtener una copia del manual del empleado, que también puede tener una disposición de asignación de invención. Finalmente, querrá saber si su estado tiene alguna ley relacionada con este tema. Por ejemplo, si se encuentra en California, el Código Laboral no permite que un empleador posea invenciones que los empleados hicieron en su propio tiempo, a menos que la invención se relaciona con el negocio del empleador o sea resultado del uso de equipos o suministros del empleador. . Entonces, por ejemplo, es posible que una compañía de automóviles en California no pueda reclamar la propiedad del invento de un empleado para un nuevo lápiz labial desarrollado en su propio tiempo, a menos que haya usado el equipo de la compañía de automóviles para desarrollar el lápiz labial.

El segundo concepto erróneo es: "Necesitamos formar una corporación C en Delaware". Esta parece ser la creencia porque los capitalistas de riesgo prefieren esta forma. Sin embargo, una talla no sirve para todos. Cuando una empresa está en una etapa muy temprana y pierde dinero, una corporación S podría tener más sentido porque podría permitir a los fundadores cancelar las pérdidas comerciales en sus impuestos. Si la compañía no va a depender del capital de riesgo, entonces es posible que una Compañía de Responsabilidad Limitada, o LLC, sea una mejor opción porque tiene el tratamiento fiscal favorable pero es más fácil de mantener. Existen diferencias importantes entre estas entidades, especialmente en relación con los impuestos, así que hable sobre esto con su asesor fiscal. Si decide establecer un negocio, considere hacerlo en el estado de origen de los fundadores. Es posible que deba registrar una empresa de Delaware en ese estado de todos modos, y simplemente terminará manteniendo dos conjuntos de documentos tanto en Delaware como en su estado de origen. Debería preguntarse: ¿necesitará definitivamente una inversión de capital de riesgo para que su startup tenga éxito? Si es así, entonces quizás el papeleo adicional de la presentación en Delaware tiene sentido.

El tercer concepto erróneo es "Nuestra IP está protegida ya que hemos estado trabajando con otros desarrolladores y cofundadores bajo un NDA". Muchas personas entienden que "NDA" significa "acuerdo de no divulgación", pero no entienden sus limitaciones. El NDA es un acuerdo que garantiza que cuando una parte (llamada "divulgadora") divulgue información a otra parte (llamada "destinatario"), el destinatario la mantendrá en secreto. Eso es todo. Sí, es importante que los cofundadores firmen un NDA para que no se vayan y revelen los secretos de la startup a sus amigos. Sin embargo, el NDA no se refiere a quién es el propietario de las invenciones, obras de arte u otro producto de trabajo que pueda crearse después de la firma del NDA. Si un fundador se va, puede llevar sus contribuciones con él. Lo que se necesita, además de una NDA, como un "acuerdo de asignación de invención" o una "cláusula de asignación de invención". Entonces, por ejemplo, si firma un acuerdo con sus cofundadores, ese acuerdo debe incluir una cláusula de asignación de invención. Si contrata a un contratista para que escriba el código por usted, el acuerdo del contratista debe tener una cláusula de asignación de invención. Esto asegurará que la empresa posea sus derechos de propiedad intelectual.